Visado
Los estudiantes e investigadores internacionales que decidan estudiar o investigar en España, deben estar en posesión de un visado para poder residir legalmente en el país.
Los investigadores o profesores que hayan entrado en España con el correspondiente visado de residencia con excepción de permiso de trabajo, disponen de 30 días desde su entrada en territorio español para empezar los trámites para la obtención de la tarjeta de residencia.
Necesidad de visado de estudios según duración de la estancia
Para el caso de estudios e investigaciones de una duración inferior a los 3 meses no se requiere visado, salvo si el interesado es nacional de un país que sí lo requiera.
Para una duración mayor a 3 meses e inferior a 6 meses, sí se exige visado pero no hace falta realizar ningún otro trámite en España.
Para estudios o investigaciones de una duración superior a los 6 meses, además del visado, deberá solicitar en España la tarjeta de residencia para estudiantes. Este trámite hay que realizarlo en el plazo de un mes desde la entrada en España y se gestiona en las oficinas de extranjería de la policía nacional.
Recuerde que muchas universidades españolas disponen de servicios de atención a estudiantes e investigadores internaciones donde le ayudarán con la tramitación de su tarjeta de estudiante. Puede consultar éste y otros servicios en el “Quién es Quién”.
Estudiantes de la Unión Europea
Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan visado. No obstante, deberán solicitar un NIE (Número de Identificación de Extranjeros), una vez se encuentren en España, para poder realizar determinadas gestiones como la apertura de una cuenta bancaria, la compra de un abono de transporte o acceder a la asistencia sanitaria.
Estudiantes de otros países
Los ciudadanos de países que no forman parte de la UE y que quieran realizar en España una estancia de estudios, formación o investigación superior a tres meses, deberán tramitar el correspondiente visado de estudios.
Para estudiar en España es necesario solicitar un visado de estudios en el Consulado español de su país de origen o residencia legal.
Este es el procedimiento
Estos son los documentos necesarios para la tramitación del visado de estudios:
El trámite del visado se realiza directamente en los Consulados Generales de España. Recuerde que en el Consulado donde gestione su visado de estudios le aclararán cualquier duda que le surja y le ayudarán con su tramitación.
Aquí encontrará un listado con los Consulados Generales de España por todo el mundo.
Información importante para los ciudadanos estadounidenses.
No es posible entrar en España con un visado de turista y posteriormente solicitar un visado de estudios. En ese caso, sería necesario regresar a su país de residencia y obtener el nuevo visado allí.
La estancia por estudios permite trabajar hasta 20 horas semanales siempre que la jornada de trabajo sea compatible con la realización de los estudios o investigación que se esté realizando. El empleador que quiera contratar a una persona que se encuentre en estas condiciones, deberá solicitar una autorización de trabajo en la Oficina de Extranjeros. La duración del contrato no podrá ser en ningún caso superior a la de la duración del visado de estudios.